Ley 20 de 1881 · Por la cual se aprueba un contrato celebrado por el Poder Ejecutivo de la Unión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 3°. Antorízase al Poder Ejecutivo para hacer este pago y se destinan diez y seis mil sesenta pesos ($ 16,060) en Pagarés de nueva emision, que se consideraran incluidos en el Presupuesto nacional del presente año con tal objeto.
Parágrafo
A continuacion de la presente ley se publicará el convenio que se aprueba.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.