Micelio

Artículo 3

Ley 267 de 1938 · por la cual se fijan los límites de Florencia, en el Caquetá, se destinan unas partidas y se dan unas autorizaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

00.

para la terminación de las edificaciones adelantadas por el Ministerio de Obras Públicas en el Municipio de Florencia y que con su lote correspondiente fueron cedidas por dicho Ministerio al de Guerra, según el Decreto número 1368 de 30 de julio de 1938.

Parágrafo

Queda autorizado el Gobierno Nacional para que por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público se hagan los traslados necesarios dentro del Presupuesto de la actual o de las próximas vigencias, para que el Ministerio de Guerra pueda efectuar las negociaciones que sean necesarias para la compra y terminación de las obras a que se refieren los artículos 2° y 3° en mención de la presente ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 267 de 1938