El Gobierno procederá a fundar una granja experimental en cada uno de los Departamentos. En donde ya existieren por cuenta de estas entidades, el Gobierno se limitara a fomentarlas contribuyendo con el cincuenta por ciento (50 por 100) de sus gastos.
En las granjas se establecerán estaciones de reproducción de ganado vacuno, ovino, equino y porcino, que funcionaran de acuerdo con los decretos reglamentarios.
En las citadas granjas habrá también viveros, y una sección avícola para la propagación de aves de raza de alto valor industrial.