Micelio

Artículo 2.23.13

Confidencialidad De La Información

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Confidencialidad de la información. Ningún miembro y/o delegado de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario (CNCA), así como ningún asistente a las sesiones, podrá revelar la información a la cual haya tenido acceso con ocasión y en desarrollo de las funciones de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario (CNCA), que por su naturaleza tengan el carácter de reservado o información pública clasificada de conformidad con las Leyes 1712 de 2014 y 1581 de 2012.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1071 de 2015