Decreto 806 de 1977 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 563, del 3 de julio de 1975, emanado del honorable Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, mediante el cual se creó la Oficina Seccional de los Seguros Sociales de San Andrés y Providencia, y se expidieron sus Estatutos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo veinticinco. La disolución y liquidación de la oficina podrá ser decretada por el instituto con la aprobación del presidente de la república, si así ocurriere, se procederá conforme a las normas que para tal efecto se establezcan. Artículo veintiséis. Los presentes estatutos necesitan para su validez de la aprobación del presidente de la republica de acuerdo con el
Parágrafo
del artículo 10 del decreto-ley 0433 de 1971. Comuníquese y cúmplase.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.