Micelio

Artículo 1

Ley 4 de 1978 · Por la cual la Nación contribuye a la realización de los XII Juegos Nacionales y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. La Nación destinará la suma de ciento cincuenta millones de pesos ($ 150.000.000.00) como aporte especial a los XII Juegos Nacionales que tendrán lugar en la ciudad de Villavicencio en el año de 1982.

La suma a que se refiere el presente artículo se pagará al Comité Organizador de los Juegos, en la siguiente forma:

Diez millones de pesos ($ 10.000.000.00) durante la vigencia fiscal de 1978;

veinte millones de pesos ($ 20.000.000.00) durante la vigencia fiscal de 1979;

treinta y cinco millones de pesos ($ 35.000.000.00) durante la vigencia fiscal de 1980;

treinta y cinco millones de pesos ($ 35.000.000.00) durante la vigencia fiscal de 1981;

cincuenta millones de pesos ($ 50.000.000.00) durante la vigencia fiscal de 1982.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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