Art. 13. Además de su alegato verbal, el Agente del Ministerio Público tiene el deber de presentar en la audiencia una acta escrita de acusación, que debe contener: 1° La narración del hecho ó hechos, y la especificación de la omisión ú omisiones que motivan la causa, con todas las circunstancias que puedan aumentar ó disminuir la pena; 2° La designación del delito ó delitos que constituyan esos hechos ó omisiones; y 3° La enumeración de la persona ó personas responsables, y las calidad y el grado en que lo son. En esa pieza se citarán las disposiciones que sean aplicables al caso y los documentos importantes del proceso, con la mayor claridad, orden y precisión posible, para procurar en todo caso á la justicia el mayor acierto que sea dable.
Decreto 604 de 1905 →Vigente
Artículo 13
Decreto 604 de 1905 · Por el cual se reglamenta la Ley 43 de 1905
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.