Micelio

Artículo 4

La Oficina De Planeación Tendrá Las Siguientes Funciones: Asesorar A Las Directivas Y Al Rector De La Universidad En Los Aspectos Relacionados Con La Elaboración De Estudios Técnicos Que Sirvan De Base Para La Formulación De La Política General De La Universidad

Decreto 736 de 1975 · Por el cual se establece la organización interna de la Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Oficina de Planeación tendrá las siguientes funciones: Asesorar a las Directivas y al Rector de la Universidad en los aspectos relacionados con la elaboración de estudios técnicos que sirvan de base para la formulación de la política general de la Universidad. Elaborar el anteproyecto de presupuesto de la Universidad como también presentar estudios y recomendaciones de organización administrativa. Recopilar y elaborar datos estadísticos sobre aspectos estudiantiles, académico, administrativos o financieros, como también los costos de la educación. Elaborar y actualizar los planes, programas y proyectos de la Universidad, en coordinación con las distintas dependencias existentes. Evaluar la ejecución de los planes, programas y proyectos de orden académico, físico y financiero y proponer los ajustes para el cumplimiento de sus objetivos.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 736 de 1975