Micelio

Artículo 2

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

Decreto 817 de 1994 · por el cual se deroga el Decreto 781 del 18 de abril de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, Comuníquese cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 22 de abril de 1994 CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Miguel Silva Pinzón .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 817 de 1994