Procedimiento de certificación. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios aplicará las normas del Código Contencioso Administrativo en lo que se refiere a la actuación administrativa, notificaciones, pruebas y recursos. En el acto administrativo que expida la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios se ordenará comunicar, al Departamento Nacional de Planeación, al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el contenido de la resolución, para efectos del cumplimiento del artículo 5° de la Ley 1176 de 2007 y su publicación en su página web institucional.
Decreto 1477 de 2009 →Vigente
Artículo 14
Procedimiento De Certificación
Decreto 1477 de 2009 · por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 4° y 5° de la Ley 1176 de 2007 en cuanto al proceso de certificación de los distritos y municipios y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.