Parágrafo
Las personas cuyos títulos de químico o sus equivalentes no sean aceptados por el Consejo Profesional podrán solicitar su validación en la universidad y en las condiciones que dicho Consejo fije para cada caso.
Ley 53 de 1975 · Por la cual se reconoce la profesión de Químico y se reglamenta su ejercicio en el país
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las personas cuyos títulos de químico o sus equivalentes no sean aceptados por el Consejo Profesional podrán solicitar su validación en la universidad y en las condiciones que dicho Consejo fije para cada caso.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.