Micelio

Artículo 6

En Ningún Caso El Monto Total De Lo Pagado Por Las Horas Extras Durante El Mes, Podrá Exceder El Veinte Por Ciento (20%) De La Remuneración Correspondiente Al Sueldo Mensual Del Empleado

Decreto 1625 de 1974 · Por el cual se reglamenta la Ley 25 de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. En ningún caso el monto total de lo pagado por las horas extras durante el mes, podrá exceder el veinte por ciento (20%) de la remuneración correspondiente al sueldo mensual del empleado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1625 de 1974