Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir del de enero de 1963. Comuníquese,
Decreto 557 de 1963 →Vigente
Artículo 2
Decreto 557 de 1963 · Por el cual se hace la distribución de la apropiación presupuestal para gastos de funcionamiento del Instituto Colombiano de Antropología en el año de 1963
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.