Micelio

Artículo 4

Para El Cumplimiento De Su Objeto, Ferrovías Podrá Desarrollar Las Siguientes Funciones Y Actividades: A) Cumplir Y Hacer Cumplir Las Políticas Generales Que Fije El Gobierno Sobre La Utilización De La Red Férrea Nacional, Control Y Regulación Del Tráfico Ferroviario Y Explotación Del Sistema Ferroviario Nacional; B) Efectuar Mejoras En Las Líneas Férreas Existentes Y Construir Talleres, Muelles, Puentes, Estaciones Y Demás Instalaciones Útiles A Sus Fines; C) Construir Nuevas Líneas Férreas, Rehabilitar Las Existentes Suspendidas Y Suspender Parte De Las Mismas; D) Expedir Los Actos Y Celebrar Los Contratos Indispensables Para El Cumplimiento De Su Objeto; E) Propender Al Desarrollo De Empresas Y Microempresas Que Puedan Proporcionarle Materiales Y Servicios Necesarios Para El Logro De Sus Objetivos; F) Conceder Las Rutas Para La Prestación De Servicio De Transporte Ferroviario Y Establecer Las Condiciones Para Su Otorgamiento; G) Las Demás Que, Correspondiendo A Su Objeto, Sean Necesarias Para El Cumplimiento Del Mismo

Decreto 1588 de 1989 · Por el cual se crea la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías, y se dictan normas para su organización y funcionamiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 4º Para el cumplimiento de su objeto, Ferrovías podrá desarrollar las siguientes funciones y actividades

a)

Cumplir y hacer cumplir las políticas generales que fije el Gobierno sobre la utilización de la red férrea nacional, control y regulación del tráfico ferroviario y explotación del sistema ferroviario nacional;

b)

Efectuar mejoras en las líneas férreas existentes y construir talleres, muelles, puentes, estaciones y demás instalaciones útiles a sus fines;

c)

Construir nuevas líneas férreas, rehabilitar las existentes suspendidas y suspender parte de las mismas;

d)

Expedir los actos y celebrar los contratos indispensables para el cumplimiento de su objeto;

e)

Propender al desarrollo de empresas y microempresas que puedan proporcionarle materiales y servicios necesarios para el logro de sus objetivos;

f)

Conceder las rutas para la prestación de servicio de transporte ferroviario y establecer las condiciones para su otorgamiento;

g)

Las demás que, correspondiendo a su objeto, sean necesarias para el cumplimiento del mismo. CAPITULO II DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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