Micelio

Artículo 1

º La Protección Y Conservación Del Patrimonio Cultural De La Población Nativa De Las Intendencias Y Comisarías Se Orientará Con Sometimiento A Los Siguientes Principios: A) La Protección Y Conservación Del Patrimonio Cultural De La Población Nativa De Las Intendencias Y Comisarías Será Una Labor Compatible Con Los Intereses Superiores De La Comunidad, Tales Como El Mejoramiento De Las Condiciones De Su Vida Económica Dentro De Un Proceso Coherente Y Equilibrado De Convivencia, Promoción Individual Y Colectiva; B) La Protección Y Conservación Del Patrimonio Cultural De La Población Nativa De Las Intendencias Y Comisarías, Será Compatible Con Las Políticas Adoptadas Para La Protección De Los Recursos Naturales Y Con El Desarrollo De Todas Aquellas Actividades Ajustadas Al Uso Racional Del Medio Ecológico

Decreto 473 de 1986 · por el cual se dicta el régimen para la protección y conservación del Patrimonio Cultural de la población nativa de las Intendencias y Comisarías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La protección y conservación del Patrimonio Cultural de la población nativa de las Intendencias y Comisarías se orientará con sometimiento a los siguientes principios

a)

La protección y conservación del Patrimonio Cultural de la población nativa de las Intendencias y Comisarías será una labor compatible con los intereses superiores de la comunidad, tales como el mejoramiento de las condiciones de su vida económica dentro de un proceso coherente y equilibrado de convivencia, promoción individual y colectiva;

b)

La protección y conservación del Patrimonio Cultural de la población nativa de las Intendencias y Comisarías, será compatible con las políticas adoptadas para la protección de los recursos naturales y con el desarrollo de todas aquellas actividades ajustadas al uso racional del medio ecológico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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