Art. 1.° Establécese un impuesto de consumo sobre los naipes, impuesto que será de diez á cuarenta centavos por cada baraja ó juego de naipes.
Ley 116 de 1890 →Vigente
Artículo 1
Ley 116 de 1890 · LEY 116 DE 1890, 29/12/1890, que grava el consumo de los naipes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.