Micelio

Artículo 16

Los Servicios Seccionales De Salud Harán Supervisión, Auditoría Médica Y Evaluación, Mediante La Formación De Equipos Con Funcionarios Del Servicio Y Del Hospital Universitario O Regional Ubicado En La Capital Respectiva, Los Cuales Actuarán Conjunta O Separadamente Según El Caso

Decreto 350 de 1975 · Por el cual se determina la organización y funcionamiento de los servicios seccionales de salud y de las unidades regionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Servicios Seccionales de Salud harán supervisión, auditoría médica y evaluación, mediante la formación de equipos con funcionarios del Servicio y del Hospital Universitario o Regional ubicado en la capital respectiva, los cuales actuarán conjunta o separadamente según el caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 350 de 1975