ARTICULO 11. El Jefe de la División Legal, es competente para
1.
Ejercer las atribuciones señaladas en el artículo 14 del Decreto 2145 de 1992.
2.
Las demás que le sean asignadas por ley, decreto o reglamento. División Financiera.
El Jefe De La División Legal, Es Competente Para: 1
Decreto 1741 de 1993 · por el cual se asignan competencias a las dependencias del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
ARTICULO 11. El Jefe de la División Legal, es competente para
Ejercer las atribuciones señaladas en el artículo 14 del Decreto 2145 de 1992.
Las demás que le sean asignadas por ley, decreto o reglamento. División Financiera.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.