Una vez cumplido el objeto de la Ley 91 de 1965 , por la cual se crearon las estampillas denominadas "Pro-palacio Departamental del Valle" y "Pro-palacio Municipal de Cali", y en todo caso a partir del primero (1º) de enero de 1979, se continuará emitiendo dichas especies con el nombre de estampilla "Pro-Universidad del Valle" cuyo uso será obligatorio en los mismos casos contemplados en la citada Ley 91 de 1965 y en el Decreto número 552 de 1966, emanado de la Gobernación del Departamento del Valle.
En consecuencia, la citada Ley 91 de 1965 quedará vigente por todo el tiempo necesario para la financiación y dotación de las instalaciones universitarias e institutos pilotos de que trata el artículo 1º de esta Ley.