Micelio

Artículo 3

Decreto 2407 de 1981 · Por el cual se expiden normas sobre elaboración, presentación y ejecución de los presupuestos departamentales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Planes y programas de desarrollo . Conforme lo dispone el artículo 194 de la Constitución Política corresponde al gobernador preparar y presentar a la Asamblea los planes y programas de desarrollo económico y social departamental, así como los de obras públicas que hayan de emprenderse o continuarse e incorporarlos en el presupuesto, junto con los recursos e inversiones que se autoricen para su ejecución. Tales planes y programas se elaboraran bajo las normas que establezca la ley para que puedan ser coordinados con Ios planes y programas regionales y nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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