Una empresa puede solicitar la modificación de horarios sin necesidad de respaldo de todas las empresas que tienen autorizada la ruta origen-destino, con el mismo tipo de vehículo. En este evento el Instituto Nacional del Transporte ordenará la publicación con cargo a la empresa solicitante para que los interesados puedan oponerse dentro del término establecido por el artículo 6º del presente Decreto. Una vez analizada la solicitud y las oposiciones el Instituto Nacional del Transporte resolverá la petición.
Decreto 1183 de 1986 →Vigente
Artículo 13
Decreto 1183 de 1986 · Por el cual se reglamenta el otorgamiento de rutas y horarios por carreteras de uso público del país, mediante permiso.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.