Micelio

Artículo 2

Decreto 961 de 1970 · Por el cual se determina la sede, la comprensión municipal y la categoría de los círculos notariales y el número de Notarías

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Este Decreto rige desde su expedición, pero lo relativo a competencia territorial y número de notarias surtirá efecto a partir del 1° de agosto de 1970.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 961 de 1970