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Artículo 5

Funciones De La Oficina De Asuntos Internacionales

Decreto 152 de 2022 · Por el cual se modifica la estructura de la Unidad de Información y Análisis Financiero - UIAF y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de la Oficina de Asuntos Internacionales. Son funciones de la Oficina de Asuntos Internacionales, las siguientes

1.

Asesorar a la Dirección General en el desarrollo de políticas y lineamientos para la gestión de las relaciones con organismos, entidades y agencias internacionales, en lo de su competencia.

2.

Servir de enlace entre la UIAF y los organismos de inteligencia y contrainteligencia internacional, incluidas las UIF.

3.

Orientar y gestionar el desarrollo de políticas, lineamientos y acciones derivadas de las relaciones con organismos internacionales, en el marco de la cooperación internacional o relaciones bilaterales o multilaterales, en lo de su competencia.

4.

Gestionar la participación de la UIAF en las plenarias, grupos de trabajo, talleres y demás eventos organizados por organismos internacionales.

5.

Proponer, preparar y tramitar proyectos, alianzas, convenios, programas con entidades internacionales, así como gestionar recursos de cooperación internacional bilateral y multilateral, en lo de su competencia.

6.

Orientar a las diferentes dependencias de la entidad en la formulación técnica de proyectos y la gestión de relaciones con organismos internacionales.

7.

Hacer seguimiento a los proyectos aprobados y financiados con recursos de la cooperación internacional y a los trámites relacionados con las comisiones al exterior del país y al interior pagadas por organismos internacionales.

8.

Revisar y aportar, por parte de la UIAF, los insumos que requieran organismos internacionales en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

9.

Ejercer como punto de contacto de la UIAF en el Canal Seguro Egmont y ser el enlace con las subdirecciones para el análisis de información proveniente de otras UIF.

10.

Coordinar las relaciones internacionales de la UIAF con los organismos internacionales en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

11.

Participar en el proceso de identificación, medición y control de riesgos, relacionados con los procesos que se desarrollan en la dependencia.

12.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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