Queda terminantemente prohibido que los notarios y a sus subalternos recibir cualquier forma de remuneración por la elaboración de minutas. Ni el notario ni los empleados bajo su dependencia podrán recibir cantidad alguna diferente a los emolumentos señalados en las tarifas que contiene el presente decreto.
Decreto 665 de 1975 →Vigente
Artículo 14
Queda Terminantemente Prohibido Que Los Notarios Y A Sus Subalternos Recibir Cualquier Forma De Remuneración Por La Elaboración De Minutas
Decreto 665 de 1975 · Por el cual se revisa la tarifa notarial y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.