° El Fondo Nacional de Caminos Vecinales conservará su capacidad jurídica para los efectos de su propia liquidación, la ejecución de obras directas que autorice el Ministerio de Transporte así como la ejecución y terminación de obras que adelante con concurrencia de recursos del crédito o cofinanciación.
Decreto 1821 de 1993 →Vigente
Artículo 1
° El Fondo Nacional De Caminos Vecinales Conservará Su Capacidad Jurídica Para Los Efectos De Su Propia Liquidación, La Ejecución De Obras Directas Que Autorice El Ministerio De Transporte Así Como La Ejecución Y Terminación De Obras Que Adelante Con Concurrencia De Recursos Del Crédito O Cofinanciación
Decreto 1821 de 1993 · por el cual se establece el procedimiento de liquidación del Fondo Nacional de Caminos Vecinales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.