Micelio

Artículo 4

Poder Ejecutivo Nacional-Bogotá, Abril 11 De 1883

Ley 4 de 1883 · Que ordena el establecimiento de dos Resguardos, tres Guarda-costas y la construcción de un edificio nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los gastos que demande la presente ley serán incluidos por aproximación, en el Presupuesto de la vigencia económica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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