Micelio

Artículo 24

Decreto 1137 de 1950 · Por el cual se reglamenta el recaudo de las tasas establecidas en el Decreto legislativo número 690 de 1950

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo veinticuatro . El Ministerio de Higiene ordenará periódicamente emisiones de "Sellos de Garantía " y "Estampillas de Sanidad" con las denominaciones autorizadas en el Decreto Legislativo número 0690 de 1950, y en la cantidad necesaria para hacer efectivas las tasas establecidas en él. Estas especies, con las características señaladas en el propio Decreto 0690 de 1950, tendrán la forma de un rectángulo y el tamaño, color y señales que designe el mencionado Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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