Con el fin de mantener actualizado el sistema de información de mercancías peligrosas en Colombia, las entidades del Estado que expidan reglamentos técnicos referentes al manejo y transporte de mercancías peligrosas, deben remitir copia del Acto Administrativo a la Dirección General de Transporte y Tránsito Automotor, del Ministerio de Transporte, o quien haga sus veces.
Decreto 1609 de 2002 →Vigente
Artículo 45
Decreto 1609 de 2002 · por el cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
adicionado (verif_articulado: adiciónase el decreto 1609 de 2003 con el artículo 45, el cual quedará así) por decreto 268/06 modificado (verif_articulado: modifícase el artículo 45 del decreto 1609 de 2003) por decreto 2817/08 modificado (verif_articulado: modifícase el artículo 45 del decreto 1609 de 2003) por decreto 4730/08 modificado (verif_articulado: modifícase el artículo 45 del decreto 1609 de 2003) por decreto 4918/09 modificado (verif_articulado: modifícase el artículo 45 del decreto 1609 de 2003) por decreto 2902/07 modificado (verif_articulado: modifíquese el artículo 45 del decreto 1609 de 2003) por decreto 2520/06 modificado (verif_articulado: modifíquese el artículo 45 del decreto 1609 de 2003) por decreto 274/07
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.