Artículo único. Modificase el artículo 1° ordinal 1° del Decreto número 177 de enero 20 del presente año, así: CLV. ORD. 1 1 Fíjase el personal y asignaciones de la Oficina de Planeamiento -Plan Piloto- del Ministerio de Salud Pública, a partir del primero de noviembre, así: Dos. meses. 1. medico jefe con especialización en Salud Pública -medio tiempo-, a tazón de $ 770.00 mensuales $ 1.540.00 1. Enfermera con especialización en Salud Pública, a razón de $ 750.00 mensuales 1.500.00 1. Estadígrafo, a razón de $ 660.00 mensuales 1.320.00 1. Supervisor de Saneamiento, a razón de $ 750.00 mensuales 1.500.00 1. Dibujante, a razón de $ 500.00 mensuales 1.000.00 1. Secretaria Bilingüe de los Asesores de la OMS, a razón de $ 450.00 mensuales 900.00 3. Mecanotaquígrafas, a razón de $ 400.00 mensuales cada una 2.400.00 1. Chofer, a razón de $320.00 mensuales 640.00 Total en dos meses $ 10.800.00
Decreto 2496 de 1957 →Vigente
Artículo 1
Ordinal 1° Del Decreto Número 177 De Enero 20 Del Presente Año, Así: Clv
Decreto 2496 de 1957 · Por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto número 177 de enero 29 del año en curso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.