° Corresponde al Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el ejercicio de las siguientes funciones
Asesorar al Ministro de Hacienda y Crédito Público en la formulación de la política macroeconómica. En desarrollo de esta función deberá
Analizar en forma permanente la evolución de la situación económica general y la necesidad de adoptar medidas tendientes a obtener las metas fijadas;
Analizar en forma permanente la situación monetaria y cambiaria del país y, en especial, el cumplimiento de las metas fijadas sobre el particular;
Ejercer la coordinación del Consejo de Política Macroeconómica;
Presentar al Consejo de Política Macroeconómica los informes y evaluaciones que este organismo requiera;
Asesorar al Ministro de Hacienda y Crédito Público en la formulación de la política de intervención y regulación de las actividades financiera, aseguradora, bursátil y, en general, de cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del público;
Elaborar proyectos de ley que en materias económica, financiera, aseguradora y bursátil y todas aquellas relacionadas con el manejo, aprovechamiento e inversión de recursos captados del público hayan de ser presentados por el Gobierno a consideración del Congreso;
Elaborar proyectos de decreto en materias económica, financiera, aseguradora y bursátil y todas aquellas relacionadas con el manejo, aprovechamiento e inversión de recursos captados del público;
Suplir las faltas temporales del Ministro, cuando así lo disponga el Presidente de la República;
Dirigir la elaboración de los informes que sobre el desarrollo de los planes, programas y actividades que conciernan al Viceministerio Técnico, deban presentarse ante el Presidente de la República o ante cualquier organismo o entidad;
Coordinar la preparación de los informes y estudios especiales que el Ministro le encomiende;
Adelantar actividades de apoyo técnico en los asuntos de su competencia a las entidades adscritas o vinculadas que lo requieran;
Asesorar al Ministro en los asuntos relacionados con la coordinación de la política fiscal y económica en general, con la política monetaria, cambiaria y crediticia;
Asesorar al Ministro en la formulación general de la política de financiación del gasto público;
Servir de canal de comunicación con los organismos financieros multilaterales para el desarrollo de las funciones del Ministerio relacionadas con estos organismos;
Asistir al Ministro en la formulación de las políticas de integración económica y en la coordinación de las mismas con otras entidades y organismos nacionales e internacionales;
Solicitar a todos los organismos y entidades el suministro de la información requerida para el ejercicio de sus funciones;
Asesorar al Ministro en los asuntos relacionados con el diseño, determinación, seguimiento y evaluación de programas de disposición de activos de propiedad del Estado;
Absolver consultas de carácter general sobre los asuntos de su competencia, a solicitud del Ministro;
Asistir al Ministro en la coordinación de funciones con el Banco de la República, el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, Departamento Nacional de Planeación, Superintendencia Bancaria, Superintendencia de Valores y demás organismos y entidades estatales con quienes sea necesario;
Servir de canal de comunicación del Ministro con otros organismos o entidades públicos;
Coordinar con otras entidades, instituciones y organismos nacionales o internacionales, la elaboración de estudios, diagnósticos, análisis y evaluaciones relacionados con la situación económica del país;
Coordinar y dirigir el personal a su cargo, pudiendo crear grupos de trabajo y asignar la realización de labores específicas para el cumplimiento de sus funciones;
Las demás que le señale la ley, el Presidente de la República o el Ministro de Hacienda y Crédito Público.