Micelio

Artículo 2

Las Sumas Destinadas Por El Presente Decreto Para Construcción De Acueductos Y Alcantarillados Rurales E Instalación De Letrinas, Serán Situadas En Las Pagadurías De Los Servicios Seccionales, Secretarías Y Direcciones De Salud, Y Transferidas A Los Talleres Sanitarios Respectivos, Dependencias Estas A Través De Las Cuales Se Efectuarán Las Inversiones Conforme A Las Normas E Indicaciones Del Ministerio De Salud Pública

Decreto 248 de 1967 · Por el cual se distribuyen unas apropiaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Salud Pública), por $ 25.718.000.00

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las sumas destinadas por el presente Decreto para construcción de acueductos y alcantarillados rurales e instalación de letrinas, serán situadas en las Pagadurías de los Servicios Seccionales, Secretarías y Direcciones de Salud, y transferidas a los Talleres Sanitarios respectivos, dependencias estas a través de las cuales se efectuarán las inversiones conforme a las normas e indicaciones del Ministerio de Salud Pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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