° Las sumas destinadas por el presente Decreto para construcción de acueductos y alcantarillados rurales e instalación de letrinas, serán situadas en las Pagadurías de los Servicios Seccionales, Secretarías y Direcciones de Salud, y transferidas a los Talleres Sanitarios respectivos, dependencias estas a través de las cuales se efectuarán las inversiones conforme a las normas e indicaciones del Ministerio de Salud Pública.
Artículo 2
Las Sumas Destinadas Por El Presente Decreto Para Construcción De Acueductos Y Alcantarillados Rurales E Instalación De Letrinas, Serán Situadas En Las Pagadurías De Los Servicios Seccionales, Secretarías Y Direcciones De Salud, Y Transferidas A Los Talleres Sanitarios Respectivos, Dependencias Estas A Través De Las Cuales Se Efectuarán Las Inversiones Conforme A Las Normas E Indicaciones Del Ministerio De Salud Pública
Decreto 248 de 1967 · Por el cual se distribuyen unas apropiaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Salud Pública), por $ 25.718.000.00
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.