Artículo séptimo. Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo a las respectivas apropiaciones del actual presupuesto del Ministerio de Justicia, recientemente adicionadas para tal efecto, y a las correspondientes que se liquiden en las vigencias venideras.
Decreto 2803 de 1953 →Vigente
Artículo 7
Decreto 2803 de 1953 · Por el cual se provee a la fundación de una Alcaidía de Menores en la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.