Solicitudes de depósito de nombre y enseña comercial. De conformidad con el artículo 117 de la Decisión 313 y en concordancia con lo previsto en el Código de Comercio, estas solicitudes, además de los requisitos enunciados en los artículos 76 y 77 de la Decisión y 22 del presente reglamento, deberán cumplir los siguientes
Escrito, que contenga la indicación de las actividades que desarrolla el empresario o que se adelantan a través del establecimiento de comercio, conforme a la clasificación marcaria, en cuanto fuere compatible;
Seis (6) reproducciones del nombre comercial o de la enseña, si éstos contienen elementos figurativos;
Una tarjeta para el archivo emblemático a la cual se adherirá una reproducción en papel del nombre o de la enseña comercial, en una dimensión de 6 X 6 cms.