Micelio

Artículo 3

º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Y Deroga El Ordinal C) Del Artículo 14 Del Decreto Número 0060 Del 16 De Enero De 1973

Decreto 1947 de 1986 · por medio del cual se deroga el ordinal c) del artículo 14 del Decreto 0060 de 1973 y se fija el interés técnico utilizado en los estudios actuariales para el cálculo de los aportes que las empresas nacionales de servicios aéreos comerciales deben efectuar a favor de la Caja de Auxilios y Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles –Caxdac–.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el DIARIO OFICIAL y deroga el ordinal c) del artículo 14 del Decreto número 0060 del 16 de enero de 1973.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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