° El Tesorero de la extinguida Junta, del Acueducto de Buenaventura rendirá una cuenta detallada, y comprobada de los fondos invertidos hasta ahora en las obras a su cargo; y la Junta Directiva del Ferrocarril del Pacífico recabará dichas cuentas, que serán pasadas, por conducto del Ministerio de Obstas Publicas, a la Contraloria General, para el estudio y fenecimiento
Decreto 89 de 1924 →Vigente
Artículo 3
El Tesorero De La Extinguida Junta, Del Acueducto De Buenaventura Rendirá Una Cuenta Detallada, Y Comprobada De Los Fondos Invertidos Hasta Ahora En Las Obras A Su Cargo; Y La Junta Directiva Del Ferrocarril Del Pacífico Recabará Dichas Cuentas, Que Serán Pasadas, Por Conducto Del Ministerio De Obstas Publicas, A La Contraloria General, Para El Estudio Y Fenecimiento
Decreto 89 de 1924 · Por el cual se reglamenta la Ley 74 de 1928
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.