Micelio

Artículo 12

De Los Requisitos De Estudios

Decreto 33 de 1990 · por el cual se establecen los requisitos mínimos para el desempeño de los empleos públicos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales del orden Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los requisitos de estudios. Cuando para el ejercicio de un cargo se requiera terminación o grado en las diferentes modalidades de educación superior a que se refiere el artículo 25 del Decreto 80 de 1980, al elaborar el respectivo manual podrán mencionarse hasta seis disciplinas académicas. El correspondiente organismo mediante acto administrativo interno que no requiere refrendación del Departamento Administrativo del Servicio Civil, podrá variar la disciplina académica exigida. En las convocatorias se fijarán las diferentes disciplinas académicas que se requieran de acuerdo con las necesidades, sin que sea necesario invocar todas las previstas para el cargo. Cuando para el ejercicio de un cargo se exija como requisito el título o aprobación de estudios de educación superior en las modalidades previstas en el artículo 25 del Decreto 80 de 1980, al elaborar el respectivo manual de funciones y requisitos, las entidades determinarán las disciplinas académicas que estén directamente relacionadas con las funciones propias del empleo. Cuando en un cargo se exija como requisito para su desempeño diploma de educación media vocacional o de bachiller, en el manual específico se deberá establecer el tipo de formación de este nivel de estudios. En el caso de que no se especifique dicha formación, se entenderá que se refiere a cualquier modalidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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