cada profesor deberá preparar previamente sus conferencias, cienosa a las tesis de los programas respectivos. Dichas conferencias serán puestas en limpio y ordenadas metódicamente por las mecanógrafas al servicio del profesorado bajo la dirección del prefecto de estudios. Terminado el programa de cada curso, serán revisadas por el director, y con su aprobación se publicaran en folletos, que constituirán los textos de estudios de la Escuela. b) Cultura práctica profesional.
Decreto 945 de 1940 →Vigente
Artículo 21
Cada Profesor Deberá Preparar Previamente Sus Conferencias, Cienosa A Las Tesis De Los Programas Respectivos
Decreto 945 de 1940 · Orgánico de la Escuela de Policía General Santander
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.