Micelio

Artículo 8

Decreto 1706 de 1999 · por el cual se determinan las oportunidades para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . En los casos en que se generen costos adicionales no contemplados en el cobro inicial, la autoridad ambiental reliquidará el servicio de evaluación o seguimiento. El interesado cancelará los costos adicionales dentro de los diez (10) días siguientes a la ejecutoria del respectivo auto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1706 de 1999