°. Supresión de cargos de la planta de empleos. Suprímense de la planta de empleos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - Inpec, los siguientes cargos: PLANTA GLOBAL N° de Cargos Denominación del empleo Código Grado 6 (Seis) Profesional Especializado 2028 21 24 (Veinticuatro) Profesional Especializado 2028 18 6 (Seis) Profesional Especializado 2028 15 14 (Catorce) Profesional Especializado 2028 13 40 (Cuarenta) Profesional Universitario 2044 11 48 (Cuarenta y ocho) Profesional Universitario 2044 9 13 (Trece) Profesional Universitario 2044 7 35 (Treinta y cinco) Profesional Universitario 2044 5 4 (Cuatro) Analista de Sistemas 3003 17 14 (Catorce) Analista de Sistemas 3003 15 2 (Dos) Técnico Administrativo 3124 16 10 (Diez) Técnico Administrativo 3124 15 15 (Quince) Técnico Administrativo 3124 13 27 (Veintisiete) Técnico Administrativo 3124 9 21 (Veintiuno) Técnico Operativo 3132 13 14 (Catorce) Técnico Operativo 3132 10 17 (Diecisiete) Auxiliar Administrativo 4044 18 78 (Setenta y ocho) Auxiliar Administrativo 4044 13 54 (Cincuenta y cuatro) Auxiliar Administrativo 4044 11 25 (Veinticinco) Auxiliar de Servicios 4064 11 5 (Cinco) Conductor Mecánico 4103 13 1 (Uno) Pagador 4173 20 10 (Diez) Secretario 4178 13 5 (Cinco) Secretario Ejecutivo 4210 22
Los funcionarios a quienes se les suprima el empleo de conformidad con lo previsto en el presente artículo, serán incorporados en un empleo igual o equivalente en la planta de empleos de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - SPC.
El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - Inpec certificará la condición de empleado con derechos de carrera administrativa de quienes desempeñan los cargos que se suprimen y remitirá esta información a la Comisión Nacional del Servicio Civil para la actualización en el Registro Público de Carrera que esa entidad administra.
Los funcionarios que ocupen cargos de carrera que sean reubicados en la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - SPC mantendrán el régimen prestacional de los servidores públicos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - Inpec.
Los empleados del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - Inpec, continuarán desarrollando las funciones a ellos asignadas y mantendrán sus condiciones laborales hasta tanto se produzca su incorporación en la nueva planta de empleos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - Inpec, o su reubicación en la planta de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - SPC.