Para el fiel cumplimiento de los que se dispone en el artículo anterior, el Ministerio de Comunicaciones podrá hacer los traslados que estime del caso, dentro de las partidas que corresponden al mismo Ministerio o hacer uso de la asignación que para tales casos figura en el Presupuesto.
Ley 74 de 1943 →Vigente
Artículo 2
Ley 74 de 1943 · Por la cual se dispone la instalación de unas oficinas radiotelegráficas y telegráficas en varias poblaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.