Micelio

Artículo 41

La Sección De Mantenimiento Tendrá Las Siguientes Funciones: 41

Decreto 1322 de 1983 · Por el cual se determinan las funciones de las divisiones y secciones pertenecientes a cada una de las oficinas, direcciones y subdirecciones del Ministerio de Obras Públicas y Transporte

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Sección de Mantenimiento tendrá las siguientes funciones: 41.1 Mantener, reparar, operar y transportar la maquinaria y equipo necesario para la construcción, regularización y conservación de las vías fluviales navegables y demás obras a cargo de la Dirección. 41.2 Programar y ejecutar el mantenimiento preventivo de la maquinaria y equipo de la Dirección. 41.3 Mantener actualizados los sistemas establecidos para el control de reparaciones de la maquinaria y equipo y aplicar los más adecuados para asegurar un mínimo en los costos y máxima eficiencia en las operaciones. 41.4 Gestionar oportunamente el suministro de repuestos, herramientas y demás elementos indispensables para la reparación y mantenimiento de la maquinaria y equipo de la División e intervenir en su adquisición. 41.5 Realizar visitas a los centros de trabajo con el objeto de conocer el estado de la maquinaria y determinar reparaciones y ajustes del caso. 41.6 Participar en la elaboración de contratos de arrendamiento de maquinaria y equipo adscrito a la División y vigilar su cumplimiento en lo relacionado con la operación, mantenimiento y reparación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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