Son funciones del Consejo Nacional de Bienestar Auditivo-Comunicativo
Dirigir y orientar el Sistema Nacional de Bienestar Auditivo-Comunicativo;
Proponer al Gobierno Nacional, políticas y estrategias relativas a la promoción del bienestar auditivo-comunicativo y la prevención de la discapacidad auditiva comunicativa;
Diseñar estrategias de coordinación de las acciones que adelanten distintos organismos del Estado Y del sector privado en promoción y prevención de la salud auditiva; 1
Fomentar el desarrollo de normas y programas de seguridad auditiva;
Diseñar estrategias educativas dirigidas a desarrollar una cultura hacia la importancia de adoptar medidas para prevenir problemas auditivos-comunicativos;
Promover campañas educativas dirigidas a toda la población, sobre la importancia de los exámenes auditivos periódicos;
Promocionar los factores protectores y prevenir los factores de riesgo de la salud auditiva comunicativa de los grupos más vulnerables de la población;
Promover la investigación en el área auditivo-comunicativo;
Darse su propio reglamento. CAPITULO V Disposiciones finales y vigencia