º Facúltase á Administradores de Hacienda Nacional para que cubran por décadas dentro de cada mes los sueldos de los empleados públicos nacionales de su respectiva jurisdicción y demás que les estén radicados, ó que ulteriormente se les radiquen.
Decreto 738 de 1911 →Vigente
Artículo 1
Facúltase Á Administradores De Hacienda Nacional Para Que Cubran Por Décadas Dentro De Cada Mes Los Sueldos De Los Empleados Públicos Nacionales De Su Respectiva Jurisdicción Y Demás Que Les Estén Radicados, Ó Que Ulteriormente Se Les Radiquen
Decreto 738 de 1911 · por el cual se confiere una autorización á los Administradores de Hacienda Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.