Micelio

Artículo 3

Para Determinar La Remuneración De Los Funcionarios Que Ejercen Empleos Correspondientes Al Área Técnico - Científica Se Evaluarán Sus Calidades De Estudio Y Experiencia, Con Arreglo Al Procedimiento Que Se Establece A Continuación: A) Se Sumarán Los Puntos Que Resulten De Calificar Los Siguientes Factores: 1

Decreto 528 de 1980 · Por el cual se establece la escala de remuneración de los empleos del área técnico-científica del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para determinar la remuneración de los funcionarios que ejercen empleos correspondientes al área técnico - científica se evaluarán sus calidades de estudio y experiencia, con arreglo al procedimiento que se establece a continuación: a) Se sumarán los puntos que resulten de calificar los siguientes factores

1.

Título profesional. Un punto por cada año de estudios correspondiente a la respectiva carrera.

2.

Cursos cortos. Hasta dos (2) puntos por cada curso corto debidamente acreditado. Se entiende por curso corto aquel que tiene una duración mínima de 60 horas.

3.

Grados académicos. Hasta diez (10) puntos por acreditar el grado de Magíster (M. S.), o su equivalente, expedido por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES. Trece (13) puntos adicionales por acreditar el grado de doctor (Ph. D.).

4.

Experiencia. Un punto por cada año de experiencia una vez obtenido el título profesional. Dos puntos por cada año de experiencia una vez obtenido el título de magíster. Tres puntos por cada año de experiencia una vez obtenido el título de doctor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 528 de 1980