Micelio

Artículo 2

Decreto 3191 de 2002 · por el cual se reglamenta la aplicación del parágrafo 3° Transitorio del artículo 15 de la Ley 715 de 2001.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El departamento presentará los actos administrativos en donde consten las obligaciones adquiridas y no pagadas al personal docente que correspondan a una relación laboral legalmente constituida. Para el caso de los convenios de cobertura educativa celebrados con las instituciones privadas, se exigirá la presentación de los convenios con sus respectivos requisitos establecidos en la Ley 80 de 1993 para su validez y perfeccionamiento.

Parágrafo

Las obligaciones adquiridas con el personal docente que no estén respaldadas en actos administrativos reconocidos o que no hayan cumplido con los trámites presupuestales correspondientes, tales como certificados de disponibilidad presupuestal previos que garantizaron en su momento la apropiación suficiente para atender estos gastos, no serán objeto de financiación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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