Art. 10. Cada oficial guarda-parque remitirá mensualmente a la intendencia jeneral de guerra i marina copia de las operaciones que haya descrito en el Diario del el mes anterior la cual copia traerá el visto bueno de la autoridad política o militar que la intendencia comisione para practicar la visita, inspeccionando los libros i las existencias.
Decreto 18650715 de 1865 →Vigente
Artículo 10
Decreto 18650715 de 1865 · sobre fianzas i cuentas de los oficiales guarda-parques.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.