Micelio

Artículo 66

La Matrícula Podrá Ser Cancelada En Los Siguientes Casos: A) Por Retiro Voluntario, Y Únicamente A Solicitud Escrita Del Padre O Acudiente

Decreto 1928 de 1963 · por el cual se reglamenta el Decreto legislativo número 2365 de1956, sobre el Instituto Superior de educación Rural de Pamplona (Norte Santander), y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La matrícula podrá ser cancelada en los siguientes casos

a)

Por retiro voluntario, y únicamente a solicitud escrita del padre o acudiente.

b)

Por no haber aprobado los exámenes de habilitación o validación.

c)

Por haber dejado de asistir al plantel durante 25 días hábiles, en cualquiera de los quimestres, sin causa justificada oportunamente, y siempre que de acuerdo con el calendario escolar, dicha inasistencia sea causal de pérdida del 10%, o más, de las clases dictadas en una o varias materias. d) por resolución de la Rectoría, motivada en asuntos disciplinarios, conforme al artículo 56 del presente Decreto. De la evaluación

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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