Micelio

Artículo 4

Decreto 718 de 1970 · Por el cual se aprueba, con modificaciones el Decreto número 0049 del 5 de marzo de 1970, originario de la Intendencia de Arauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las personas pertenecientes a las Fuerzas Militares y de Policía, que desempeñen los cargos de Corregidores o Inspectores de Policía, tendrán derecho a que se les reconozca como único emolumento, con cargo a la respectiva apropiación de asignaciones y en calidad de gastos de representación, la mitad del valor del sueldo correspondinte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 718 de 1970