°. Fíjanse, a partir del 1° de enero de 2017, las asignaciones básicas mensuales para los empleos a que se refiere el artículo 1° del presente decreto, así: GRADO SALARIAL NIVEL T É CNICO NIVEL ASISTENCIAL 1 1.751.473 1.173.901 2 1.779.590 1.315.428 3 2.033.753 1.736.652 4 2.112.135 1.751.473 5 2.311.934 1.917.384 6 2.456.254 1.958.431 7 2.836.619 1.972.687 8 2.033.753
Para las escalas de los niveles de que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleo, la segunda comprende las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel y corresponden a los empleos que hacen parte de la planta transitoria de la Contraloría General de la República.
En el valor de las asignaciones básicas mensuales señaladas en el presente artículo está incorporada la prima de riesgo correspondiente al cargo del cual el empleado era titular en el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), hoy suprimido, en los términos del
del artículo 2° del Decreto 2712 de 2013.
La bonificación mensual individual por compensación, de que trata el
del Decreto 2712 de 2013, que vienen percibiendo los funcionarios del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), hoy suprimido, incorporados en planta transitoria creada en la Contraloría General de la República se reajustará en el mismo porcentaje en que se reajusta la asignación básica señalada para el empleo en que fue incorporado.