Juntas Asesoras . Son entidades asesoras del Ministerio de Defensa en todos los aspectos relativos a la organización, administración y preparación de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, para propender por la buena marcha institucional, la guarda de la soberanía nacional y el mantenimiento del orden interno. El artículo 17 quedará así: Del Despacho del Ministro. El Despacho del Ministro estará integrado por
Despacho personal del Ministro.
Secretaría privada.
Oficina de Información y Protocolo
Jefatura;
Sección Publicaciones;
Sección Protocolo;
Sección Información.
Oficina de Enlace. (Modificado según Art 1 decreto 2218 de 1984)